Hay una frase que cuando estudiaba la carrera se me quedó grabada sobre las Cajas de Ahorro. “Una Caja puede comprar a un banco, pero un banco no puede comprar a una Caja”. Y por qué?
Vaya “morro”! Todavía, por mucho que me lo expliquen no lo entiendo. Sinceramente, creo que en la práctica una Caja de Ahorros y un Banco buscan lo mismo. Se pueden diferenciar en su forma jurídica y en algo más pero el fin “real” creo que es el mismo. Hoy las Cajas disponen de unos privilegios que para mí no hacen justicia con la realidad que vivimos.
Es cierto que en teoría una parte de los beneficios de las cajas tienen como destino “la obra social”. Pero qué porcentaje se está destinando a ella??? El Santander o el BBVA no hacen “obras sociales” con sus Fundaciones. No sé, pero ayer leyendo que la CAM hace historia siendo la primera Caja que se convierte en iniciar el proceso formal de emisión de “cuotas participativas” (algo similar a las acciones), me hace volver a pensar en por qué no vamos a poder comprar acciones de una Caja de Ahorros, o mejor dicho, por qué no dejan de tener ese “estatus” las Cajas y juegan en igualdad de condiciones con los bancos.
Tenemos al Banco de España para que vele por el sistema financiero español. Por qué no darle la función de acometer “la obra social” al Banco de España y regularizar de nuevo a las Cajas. Sé que lo que digo puede sonarle a alguien como una burrada, pero hoy por hoy no encuentro por qué no se podría hacer esto.
Parece que pronto se va abrir una puerta para comprar algo parecido a las acciones en la Cajas. La emisión de cuotas participativas por parte de la CAM supone ofrecer por primera vez a los inversores la posibilidad de participar en el negocio de una caja de ahorros de forma directa. Las cuotas participativas son el equivalente para las cajas de las acciones preferentes que emiten algunas empresas: Participaciones en los beneficios de la entidad, pero sin derecho a voto. Puede ser este un primer paso para llegar a una futura e hipotética privatización de las Cajas?
No lo sé, pero creo que sería muy positivo para todos.
Dejo las principales características de lo que son las cuotas participativas (fuente: LA GACETA DE LOS NEGOCIOS):
- Son títulos nominativos que no otorgan derechos políticos.
- Cotizan en Bolsa o en mercados organizados de renta variable.
- Derechos de los cuotapatícipes:
– A obtener una retribución variable.
– Derecho de suscripción preferente en caso de nuevas emisiones.
– Derecho a participar en un sindicato de cuotapartícipes. - Obligaciones de cuotapartícipes:
– Satisfacer el valor de las cuotas más la prima de emisión
– Aplicar el régimen de comunicación de participaciones significativas de sociedades cotizadas. - Ningún inversor puede adquirir más del 5% de las cuotas en circulación.